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Notas de prensa
Jueves, 2 de Febrero 2012
El establecimiento de la servidumbre permitirá regular el desarrollo del territorio atendiendo a la afección acústica de la actividad aeroportuaria.
El Aeropuerto de Sevilla ha sido escenario hoy de la constitución oficial de la Comisión Mixta que se encargará de establecer la servidumbre acústica de estas instalaciones y garantizar el desarrollo y cumplimiento del plan de acción asociado a la misma.
Con ello, se da cumplimiento a una reciente modificación introducida en la Ley 48/1960 de 21 de julio, de Navegación Aérea, según la cual los aeropuertos que registren más de 50.000 vuelos al año –el de Sevilla tiene 56.029- habrán de disponer de un órgano de este tipo.
El establecimiento de la servidumbre acústica tiene como objetivo compatibilizar el funcionamiento y crecimiento del aeropuerto con los usos del suelo y las actividades, instalaciones o edificaciones implantadas (o que puedan implantarse en un futuro) en zonas afectadas por el ruido que genera la actividad aeroportuaria.
Este trámite conlleva la aprobación de un plan de acción en materia de contaminación acústica, con medidas destinadas a velar por el cumplimiento de los estándares de calidad acústica en el interior de las viviendas –un máximo de 60 decibelios durante la mañana y la tarde, y de 50 durante la noche-.
La comisión está integrada por un representante de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento; otro de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; tres designados por la Junta de Andalucía, y uno de Aena Aeropuertos.
De los tres miembros que ha de nombrar la Junta, al menos uno debe representar a los consistorios incluidos parcial o totalmente en el ámbito de la servidumbre acústica. En este caso, la representación ha recaído en el Ayuntamiento de Sevilla.
En la sesión celebrada hoy, Aena Aeropuertos ha presentado ya una propuesta de servidumbre acústica y plan de acción, que se someterá a información pública en breve, para la formulación de alegaciones.
Con ello, se da cumplimiento a una reciente modificación introducida en la Ley 48/1960 de 21 de julio, de Navegación Aérea, según la cual los aeropuertos que registren más de 50.000 vuelos al año –el de Sevilla tiene 56.029- habrán de disponer de un órgano de este tipo.
El establecimiento de la servidumbre acústica tiene como objetivo compatibilizar el funcionamiento y crecimiento del aeropuerto con los usos del suelo y las actividades, instalaciones o edificaciones implantadas (o que puedan implantarse en un futuro) en zonas afectadas por el ruido que genera la actividad aeroportuaria.
Este trámite conlleva la aprobación de un plan de acción en materia de contaminación acústica, con medidas destinadas a velar por el cumplimiento de los estándares de calidad acústica en el interior de las viviendas –un máximo de 60 decibelios durante la mañana y la tarde, y de 50 durante la noche-.
La comisión está integrada por un representante de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento; otro de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; tres designados por la Junta de Andalucía, y uno de Aena Aeropuertos.
De los tres miembros que ha de nombrar la Junta, al menos uno debe representar a los consistorios incluidos parcial o totalmente en el ámbito de la servidumbre acústica. En este caso, la representación ha recaído en el Ayuntamiento de Sevilla.
En la sesión celebrada hoy, Aena Aeropuertos ha presentado ya una propuesta de servidumbre acústica y plan de acción, que se someterá a información pública en breve, para la formulación de alegaciones.
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Tendencias 21 (Madrid). ISSN 2174-6850
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